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Despedido por apropiarse de una botella de anís de unos ocho euros de la empresa

Cuyo contenido trasvasó a otra de agua para que la acción pasara desapercibida

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  • Juzgados. -

El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por el empleado de una gran superficie que fue despedido al comprobarse que se apropió de una botella de anís de la empresa, de un valor de alrededor de ocho euros, cuyo contenido trasvasó a otra de agua para que la acción pasara desapercibida.

La sentencia de la Sala de lo Social, a la que ha tenido acceso Efe, señala que aunque el autor material de la sustracción fue un empleado de la limpieza del establecimiento, que se la entregó posteriormente, el ahora apelante, “con plena consciencia y voluntad de hacerlo, la aceptó”.

Y añade que el comportamiento del demandante supuso una deslealtad hacia la empresa, transgresión de la buena fe y abuso de confianza, “todas ellas faltas muy graves que justifican el despido”.

El Juzgado de lo Social de Murcia que en diciembre de 2020 dictó la sentencia que ahora se ve confirmada por el TSJRM, declaró probado que el cese de la relación laboral se produjo en febrero de ese año, cuando se comprobó lo que había ocurrido escasos días antes.

En la carta de despido se le comunicó que se había observado, entre otras pruebas, por las ofrecidas por las imágenes de las cámaras de seguridad, cómo el empleado de la limpieza se acercaba al pasillo de las bebidas alcohólicas, cogía unas botellas de anís y las introducía en su coche, para, después, darle una al demandante.

A continuación, este se dirigió a la garita de los trabajadores y trasvasó el anís a una botella de agua vacía, señalando el relato de hechos probados que en aquel turno, de madrugada, solo él tenía las llaves de aquella dependencia.

La Sala, al desestimar el recurso de suplicación del trabajador dice que aquella maniobra demuestra que hubo una intención de ocultar lo sucedido y califica de “pueril” la versión que dio de que lo hizo para que los compañeros no se lo bebieran al creer que era una botella de agua ya empezada.

Dice también la sentencia que el trabajador pretendió sostener que fue engañado, pero sin justificar por qué incumplió las advertencias e indicaciones de la empresa con respecto a ese tipo de conductas.

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