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Almería

Culpables los acusados de matar a un hombre en Paterna y tirar su cadáver

Los miembros del jurado han atendido conforme a la lectura de su veredicto a la confesión de los hechos prestada por los tres implicados

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  • Audiencia Provincial de Almería. -

ALMERÍA, 19 Oct. (EUROPA PRESS) -

El tribunal de jurado ha declarado por unanimidad culpables a los tres jóvenes acusados de matar a un hombre de un disparo de escopeta en una vivienda de Paterna del Río (Almería) en octubre de 2018 para después maniatar con cables y envolver su cuerpo en plásticos para tirarlo por un terraplén a unos cuatro kilómetros del lugar de los hechos con el fin de desembarazarse del cuerpo y eludir la acción de la justicia.

Los miembros del jurado han atendido conforme a la lectura de su veredicto a la confesión de los hechos prestada por los tres implicados durante la primera sesión del juicio que se celebra en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería, cuando reconocieron los hechos por los que se les acusaba, toda vez que las pruebas forenses y las testificales de Guardia Civil corroboraron dichas confesiones.

El jurado ha declarado así culpable a J.M.O.B. de dar muerte a la víctima después de que entrara en su domicilio en la Plaza del Mercado número 8 de la localidad almeriense sobre las 3,00 de la madrugada.

Fue en el salón donde la víctima recibió un disparo con una escopeta de caza por la espalda por parte del acusado, cuando intentaba escapar, si bien fue retenido por R.O.B., quien lo sujetó para que "no se marchara del domicilio". En este sentido, el hermano del principal acusado también ha sido declarado culpable, en este caso, como cómplice de su muerte.

Cabe recordar que, de forma paralela, existe otra causa abierta para determinar responsabilidades ya que, según se ha mencionado durante el juicio, la víctima acudió a la vivienda en compañía de otras personas con el presunto objetivo de sustraer la marihuana que se almacenaba en la casa, para lo que habrían acudido con elementos que los asemejaban a agentes de la Guardia Civil.

En su veredicto, el tribunal ha dado por probado que la víctima murió debido al impacto de la bala, ha especificado que el disparo provocó una herida "mortal de necesidad" en la víctima, con "graves destrozos" de sus órganos internos, de modo que falleció "a las cinco horas por destrucción de sus centros vitales torácicos". El acusado carecía de permiso para el uso de armas, por lo que ha sido declarado además culpable de un delito de tenencia ilícita.

De forma posterior, el acusado J.M.F.B. colaboró con los otros dos para deshacerse del cuerpo de la víctima, que fue atado con cables y envuelto en plásticos. Así, el tribunal le ha declarado culpable de encubrir el crimen con el propósito de evitar la acción de la justicia, ya que metió el cadáver en su vehículo y lo arrojó por un terraplén en la carretera AL-5402.

El cadáver fue encontrado posteriormente por la Guardia Civil mediante un rastreo aéreo, de modo que en el momento de su levantamiento se pudo comprobar que el cuerpo había sido manipulado. De la misma forma, se hallaron restos de sangre en el coche empleado para transportar el cuerpo.

Además de estas cuestiones, el jurado también ha dado cuenta de los 60.000 euros abonados a la familia de la víctima antes del juicio en concepto de indemnización y de los periodos del instrucción de la causa como posibles factores a tener en cuenta como atenuantes, sin que se hayan pronunciado sobre la suspensión de la pena ni un eventual indulto.

Tras este veredicto, la Fiscalía se ha ratificado en sus peticiones finales y ha interesado ante la Presidencia del tribunal, ejercida por la magistrada Alejandra Dodero, ocho años y cuatro meses de prisión para J.M.O.B. por los delitos de homicidio y tenencia ilícita, dos años de prisión para R.O.B por cómplice de homicidio y un año de prisión para J.M.F.B. por un delito de encubrimiento.

Por su parte, la acusación particular y las defensas se han adherido a la petición de la Fiscalía toda vez que, estas últimas, han interesado además la suspensión de la pena para los acusados de complicidad y encubrimiento en función además del tiempo que estuvieron privados de libertado durante la instrucción de la causa. El juicio ha quedado visto para sentencia.

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