El tiempo en: Conil
Publicidad Ai

Mundo

El juez Varela expulsa a Falange de la causa contra Garzón

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
  • Manos Limpias califica de "indigna y desleal" a la Fiscalía
El instructor de la causa abierta en el Tribunal Supremo contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por una presunta prevaricación cometida al investigar las desapariciones del franquismo, Luciano Varela, ha expulsado de esta causa a Falange Española y de las JONS tras haber expirado, sin resultado, el plazo que le dio el pasado miércoles para que subsanara los errores formales del escrito de acusación que presentó contra el juez, informaron a Europa Press en fuentes de la acusación.

Varela ordenó también a Manos Limpias eliminar determinados párrafos de su escrito por entender que incluían hechos ajenos al objeto del procedimiento, si bien el sindicato de funcionarios sí presentó este jueves un escrito corregido.

El pasado día 21, Varela dictó sendas resoluciones en las que concedía un día de plazo a las acusaciones -Manos Limpias y Falange Española y de las JONS- para que eliminara determinadas apreciaciones de los escritos de acusación que han presentado contra el juez.

En el caso de Falange la crítica era más grave, pues se decía que el escrito en el que este partido pedía 20 años de inhabilitación para el titular del Juzgado Central de Instrucción "podría entenderse más como una exposición para el debate ideológico sobre acontecimientos históricos". De no subsanarse, se tendrá a esta parte "por precluida en el derecho a formular acusación", advertía el instructor.

La admisión de al menos uno de estos escritos es condición indispensable para que Varela pueda dictar auto de apertura de juicio oral contra Garzón, puesto que la Fiscalía no le acusa en este procedimiento.

Por lo que se refiere al escrito de Falange, el auto del instructor del Supremo subrayaba que "lejos de limitarse a la mera descripción de hechos, se extiende en múltiples valoraciones de tal suerte que resulta arduo diferencia cuáles sean los hechos cuya verdad o falsedad ha de ocupar la defensa del acusado y a cuya acreditación ha de orientarse la actividad probatoria".

Varela también criticaba que se incluyeran en el texto constantes referencias a circunstancias personales de Garzón "que, cuanto menos, son totalmente ajenas a los elementos que han de configurar e hecho punible objeto del proceso".

También pedía que se eliminaran del texto las pretensiones de Falange sobre responsabilidad civil del magistrado de la Audiencia Nacional sin haber expuesto "el hecho en virtud del cual hubiere contraído esa responsabilidad la persona a la que se reclama su indemnización".

No propaganda
"El citado escrito podría entenderse más como una exposición para el debate ideológico sobre acontecimientos históricos (...) que el presupuesto para la estricta determinación del objeto del proceso". Ello no puede admitirse, según Varela, "en la medida que podría hacer del proceso un escenario para debates o actos propagandísticos ajenos a la estricta y única finalidad admisible de contrastar si concurren o no los concretos elementos que la ley exige para la imposición de una sanción penal".

Respecto de Manos Limpias, Varela había dictado una providencia donde apercibe a esta parte a que elimine los párrafos agrupados bajo la rúbrica "Antecedentes" por incluir hechos ajenos a los que constituyen el objeto del proceso.

También pidió al sindicato que eliminara la alusión a la concurrencia del elemento subjetivo "a sabiendas" en relación con la actuación de Garzón en la investigación al franquismo "por cuanto, pese a circunscribirse a argumentaciones de naturaleza jurídica dirigidas a argumentar la corrección de la imputación penal, son extemporáneas y van más allá del límite requerido por el artículo 650 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Así lo hizo Manos Limpias ayer, presentando un escrito corregido.

Indignación
Manos Limpias, que ejerce de acusación popular en la causa abierta en el Tribunal Supremo al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón en el denominado caso de la "memoria histórica" criticó hoy por "indignos y desleales" los argumentos esgrimidos por la Fiscalía en el escrito en el que se opone a la apertura de juicio oral contra el juez y niega legitimidad a esta parte en base a la denominada "doctrina Botín".

En su escrito, el Ministerio Público ponía de manifiesto las contradiciones del instructor del caso, Luciano Varela, ya que en el "caso Atutxa" se pronunció a favor de restringir la acción popular en el procedimiento contra el entonces presidente del Parlamento Vasco, mientras que ahora avala que la causa contra Garzón siga adelante sólo con este tipo de acusaciones.

A juicio del sindicato, en las actuaciones del Ministerio Público "prevalecen consideraciones políticas por encima de las estrictamente legales y los hechos punibles hubieran quedado impunes a no ser por la acción popular". Según esta parte, la doctrina dictada en el "caso Atutxa" anula la "doctrina Botín", que ocasionó el sobreseimiento de la causa contra el citado banquero porque sólo estaba sostenida por acusaciones populares.

"Es indigno y desleal que los españoles tengamos un Ministerio Público, al servicio de intereses partidistas", añade la nota de Manos Limpias".

La Fiscalía del Tribunal Supremo remitió ayer un escrito al alto tribunal insistiendo en su petición de sobreseimiento de la causa abierta al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por una presunta prevaricación cometida al investigar las desapariciones del franquismo y oponiéndose a la apertura de juicio oral. Alega que las partes personadas como acusación (Manos Limpias, Igualdad e Identidad y Falange Española y de las JONS) "carecen de legitimación procesal para instarla".

El escrito del Ministerio Público se basa únicamente en este motivo para insistir en la necesidad de archivar el caso en contradicción a la línea marcada por el alto tribunal en la sentencia 54/2008 ("doctrina Atutxa"), que avaló la legitimidad de la acción popular para instar la apertura y tramitación de un procedimiento contra el presidente del Parlamento Vasco al reconocer que bastó con la presencia en este caso de Manos Limpias al no existir perjudicado directo -el delito cometido era de desobediencia.

Se coloca por ello la Fiscalía a favor de la denominada "doctrina Botín" --que impidió el procesamiento del banquero con la única acusación de la acción popular--, y añade que "siendo fácilmente constatable" la ausencia de acusación particular en la causa contra Garzón "y manteniendo el Ministerio Fiscal una postura contraria a la consideración de los hechos de las querellas constitutivos del delito de prevaricación", el instructor Luciano Varela debió instar el sobreseimiento.

"Opinar lo contrario sería tanto como afirmar que la acusación popular cuenta con mayores facultades procesales, como lo es sin duda instar de forma autónoma la apertura de juicio oral por el mero hecho de no personarse una acusación particular, que representa unos intereses cualitativamente distintos de los que pretende tutelar la primera, cuando además el Ministerio Fiscal, en cuanto órgano constitucionalmente encargado de velar por el interés público y social, mantiene una posición contraria a la apertura de juicio oral", señalaba la Fiscalía.



TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN