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La Junta pone en marcha un paquete de ayudas ante el incremento de precios energéticos

La Junta pone en marcha este nuevo paquete de ayudas directas para las pequeñas y medianas empresas y personas trabajadoras autónomas

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  • Factura de electricidad. -

El teniente de alcalde de Impulso Económico, Industria y Logística del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, Carmelo Navarro, señala que la Junta de Andalucía pone en marcha un nuevo paquete de ayudas directas para las pequeñas y medianas empresas y personas trabajadoras autónomas que se hayan visto especialmente afectadas por el incremento de precios de la energía provocado el pasado año por el impacto de la guerra en Ucrania.

Con una dotación de 525 millones de euros procedentes del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) del marco 2014-2020 su objetivo es el de cubrir los costes adicionales, provocados por la subida de los precios del gas y la electricidad desde el 1 de febrero al 31 de diciembre de 2022, con pagos directos de entre 300 euros a 2.000.000 de euros, en función del sobrecoste sufrido por la empresa o autónomo. El plazo para la presentación de solicitudes estará abierto hasta el 30 de septiembre.

El edil, quien invita a conocer más datos de la convocatoria en el enlace https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/procedimientos/detalle/25422.html o, de forma más resumida, en https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/areas/incentivos-empleo/ayudas-empresas/paginas/ayudas-sobrecoste-energetico.html indica que las ayudas las pueden solicitar Pymes y Autónomos a los que les haya subido la
factura energética de su negocio durante 2022. En dicho sentido, se entenderá como “especialmente afectados” a aquellas pymes y autónomos cuya facturación anual en electricidad con respecto a su cifra de negocios, para el ejercicio 2022, sea igual o superior a un porcentaje que se ha fijado en función de los diferentes sectores de actividad.

La solicitud se puede realizar a través de un sencillo formulario en el que el solicitante tendrá que aportar sus datos personales, señalar la comercializadora que le ha provisto y facturado el gas natural y/o electricidad en el período comprendido entre el 1 de enero del 2021 al 31 de diciembre del 2022, y su cuenta bancaria para el ingreso de la subvención. A continuación tendrá que suscribir una declaración responsable en la que exprese que cumple los requisitos para recibir la ayuda, que se ha visto afectado por la crisis energética en los términos que recoge el Decreto Ley o que no ha recibido alguna otra ayuda de las incompatibles con esta norma. Sólo en el caso de que la solicitud no la realice el beneficiario, sino un apoderado, se requerirá únicamente la acreditación del apoderamiento.

La normativa establece, entre otros requisitos para acceder a estas ayudas, la obligatoriedad de que la pyme o autónomo desarrolle su actividad económica en establecimientos ubicados en Andalucía, que sean titulares de contratos de gas natural y/o electricidad con empresas comercializadoras que operen en Andalucía y dispongan, al menos, de un punto de suministro (CUPS) en territorio andaluz. En el caso de que la persona trabajadora autónoma tenga su lugar de trabajo en su vivienda habitual, sólo podrá ser beneficiaria de la ayuda cuando estén debidamente diferenciadas con contadores independientes del de la vivienda, ya que no serán subvencionables los consumos energéticos domésticos.

El cálculo de la ayuda se realizará de forma automatizada y su cálculo tendrá en cuenta el denominado “precio de referencia”, esto es, el coste medio por KWh (Kilovatio hora) de 2021 y su comparación con el soportado en el período de 2022, siendo la diferencia entre ambos costes aplicada al consumo realizado durante el período subvencionable, el importe de la subvención concedida.

La subvención se concederá por el importe del sobrecoste de gas natural y/o electricidad soportado en el período subvencionable del 2022, esto es, desde el 1 de febrero al 31 de diciembre de ese año. El procedimiento de concesión de estas ayudas se iniciará a solicitud de la persona interesada y se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva, esto es, en orden de llegada de las solicitudes que vayan cumpliendo los requisitos.

Tras la resolución favorable de solicitudes, se procederá al pago íntegro de la ayuda correspondiente antes del 31 de diciembre de 2023.

La convocatoria de estas ayudas es en concurrencia no competitiva, lo que supone que se resolverá por orden de llegada de solicitud, abonándose a aquellos beneficiarios que la hayan solicitado en plazo y cumplan los requisitos, hasta agotar el crédito disponible.

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