El Juzgado de lo Penal número 5 de Sevilla ha condenado a seis meses de cárcel y al pago de una multa de 2.160 euros a un hombre que fue sorprendido construyendo sin licencia municipal y en suelo no urbanizable de la localidad de Utrera una vivienda de 70 metros cuadrados, edificación que deberá demoler a su costa pese a que en el juicio defendió que se trataba de un invernadero para setas.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada decide absolver a la esposa del condenado, identificada como R.C.R. y para quien el fiscal pedía ocho meses de prisión, debido a que "no se ha podido acreditar que su actuación fuera más allá de firmar el contrato de compraventa", de manera que "no se le puede atribuir responsabilidad penal alguna".
Fue en noviembre del año 2003 cuando el acusado, R.R.L., y su pareja adquirieron una parcela de 2.500 metros cuadrados en el paraje 'La Dormida' de Utrera, en suelo clasificado como no urbanizable de uso común por el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).
"Sin pedir" licencia al Ayuntamiento y "consciente de la imposibilidad de edificar en dichos terrenos", el acusado "fue sorprendido" en diciembre de 2007 "cuando levantaba" en la parcela una vivienda de una sola planta y de 70 metros cuadrados de superficie, así como una estructura metálica sin techar, contando con suministros de energía y de agua, todo ello "con la finalidad de uso como residencia".
Según recuerda la juez, la edificación "no es autorizable o legalizable", rechazando en este punto la versión dada por el acusado en cuanto a que se trataba de un invernadero, ya que "hay una construcción principal que por sus características estructurales y ornamentales no puede ser sino una vivienda, y no una cámara de frío, que por su funcionalidad nunca podría tener ventanas como las que presenta le edificación en cuestión", y que "no justificaría la existencia de un porche adornado a la entrada".
La magistrada entiende que la versión "espontánea" dada por el acusado a la Policía, cuando dijo que "estaba construyendo él mismo" un invernadero, una cámara frigorífica y un salón, "resulta mucho más creíble" que la ofrecida al inicio de las actuaciones y tras la denuncia de los hechos, momento en que afirmó que "llevaba siete años en la finca con las obras paralizadas".
"NO EXISTE EL DERECHO A LA IGUALDAD EN LA ILEGALIDAD"
Respecto a la ilegalidad de la construcción, la juez asevera que el acusado "en ningún momento pidió licencia al Ayuntamiento, pues bien sabía que no podían dársela, ni exigió el otorgamiento de escritura inmediato a la compra, porque igualmente sabía que la escritura no podía otorgarse sino por el total de la finca y hasta que todas las parcelas ilegales se hubieran vendido en forma de participaciones".
Igualmente, y en relación al argumento dado por el imputado de que existían otras parcelaciones y construcciones en la zona, la magistrada señala que "es de saber común que se necesitan licencias para construir y autorizaciones para los suministros", añadiendo que el Tribunal Constitucional "ha venido manteniendo que no existe el derecho a la igualdad en la ilegalidad".
La juez, asimismo, acuerda la demolición de lo construido, valorada en 10.132,50 euros, pese a lo alegado por el acusado en cuanto a la futura legalización del suelo donde se ubica la vivienda, ya que se trata de "futuras e inciertas modificaciones que ni siquiera dependerán competencialmente en exclusiva de la autoridad municipal".