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La etarra Del Río recurre para no dar los 30.000 euros a las víctimas

La Sala de lo Penal, formada por 17 magistrados, establecía que los 30.000 euros concedidos por Estrasburgo deben ser destinados al "pago de las responsabilidades civiles decretadas a favor de las víctimas"

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La defensa de la etarra Inés del Río ha recurrido el bloqueo de la indemnización de 30.000 euros que le concedió el pasado 21 de octubre el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por los daños morales que le habría causado la aplicación con carácter retroactivo de la denominada 'doctrina Parot', informaron fuentes jurídicas.

   Los abogados de Del Río han presentado un recurso de súplica ante el Pleno de la Sala de lo Penal, que acordó el pasado 22 de octubre su excarcelación, en el que solicitan que la indemnización concedida por el Tribunal de Estrasburgo no se destine a las indemnizaciones por responsabilidad civil que deberían recibir sus víctimas.

   La Sala de lo Penal, formada por 17 magistrados, establecía que los 30.000 euros concedidos por Estrasburgo deben ser destinados al "pago de las responsabilidades civiles decretadas a favor de las víctimas", incluso en el caso de que sirvan para compensar "el derecho de subrogación del Estado".

VULNERACIÓN DEL CONVENIO

    La Gran Sala del TEDH confirmó la resolución que condenó a España el julio de 2012 a indemnizar a la etarra con 30.000 euros por daños morales y a pagarle 1.500 euros en concepto de costas procesales, al considerar que España vulneró el Convenio de Derechos Humanos.

   Los magistrados, que tomaron esta decisión tras una reunión de más de hora y media de duración, especificaban en su auto que  la sentencia de TEDH es "de obligado cumplimiento" para España, que se comprometió a "dar efectividad y ejecutar las sentencias del Tribunal al prestar su consentimiento al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Civiles y Libertades Fundamentales".

   También establecían que el Convenio, en su artículo 46.1, refleja de forma concreta "el compromiso de los Estados de acatar las sentencias en los litigios en que sean demandados, algo que la sentencia se ha visto en la necesidad de recordar".

   En este sentido, advierten de que en el caso de no haber ejecutado "de manera adecuada" la sentencia de Estrasburgo "sería el Tribunal Constitucional el que tendría que reaccionar" anulando una decisión contraria a los derechos humanos básicos y, en concreto, al derecho a la libertad de Del Río.

26 AÑOS Y 3 MESES

   La resolución recordaba que Del Río ha permanecido en la cárcel 26 años y tres meses (desde el 6 de julio de 1987) en cumplimiento de ocho sentencias por los delitos de atentado con resultado de muerte, asesinatos, lesiones, estragos, tenencia ilícita de armas, depósito de explosivos, falsedad documental y pertenencia a organización terrorista.

   Aunque su salida de la cárcel se fijó inicialmente para 2008 tras aplicarle las redenciones de penas por trabajo establecidas en el Código Penal de 1973, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acumuló el 30 de noviembre de 2000 todas sus condenas y, tras aplicarle la 'doctrina Parot', señaló su salida de la cárcel para el 27 de junio de 2017, cuando se cumpliría el tope legal de 30 años.

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