José Fernando Ortega Mohedano, hijo del torero José Ortega Cano, ha sido condenado a un año y nueve meses de cárcel por el robo violento de un coche tras un incidente en un club de alterne de Sevilla, pena que podrá dejar en suspenso, sin ingresar en de nuevo en prisión, al carecer de antecedentes penales.
La sentencia del juzgado penal 5, a la que ha tenido acceso Efe, condena al joven por los incidentes ocurridos el 2 de noviembre de 2013 en un club de alterne de Castilleja de la Cuesta (Sevilla).
La juez le impone un año y nueve meses de cárcel por un delito de robo con violencia, una multa de 150 euros por una falta de lesiones y 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad por conducir el coche robado sin tener carné.
El hijo del torero pasó cuatro meses en prisión preventiva y su abogada, Esperanza Lozano, ha dicho hoy a los periodistas que, al carecer de antecedentes penales, posiblemente pueda dejar el resto de su condena en suspenso.
La sentencia aplica a José Fernando las atenuantes de confesión, reparación del daño y drogadicción, esta última no contemplada por la Fiscalía en su calificación de los hechos.
También le aplica la agravante de abuso de superioridad, así como a sus otros tres amigos condenados.
Según la sentencia, los hechos ocurrieron sobre las 5.50 horas del 2 de noviembre de 2013, cuando tras un incidente dentro del club de alterne tras la caída del contenido de un vaso, José Fernando y sus amigos alcanzaron a Jonathan V.A. en el exterior y comenzaron a agredirle, propinándole golpes y empujones.
Cuando estaba en el suelo, el acusado Francisco S.C. dijo a sus amigos "quitadle el móvil, el dinero y todo lo que lleve", José Fernando le registró los bolsillos del pantalón y le arrebató dos teléfonos móviles, la cartera con documentación personal, 15 euros y un llavero con las llaves del domicilio y de su vehículo Audi.
José Fernando, pese a no tener carné de conducir, siguió utilizándolo hasta el 5 de noviembre, cuando el coche se salió de la vía por su margen derecho y volcó.
El joven y sus amigos también condenados, Isaac F.C. e Iván N.B., utilizando un bidón de gasolina prendieron fuego al vehículo, que quedó calcinado, así como las pertenencias que la víctima tenía depositados en el maletero.
La sentencia absuelve a otros dos amigos de José Fernando que fueron procesados: Eloy R.T., a quien los imputados exculparon, y cuya identificación por parte de la víctima la juez atribuye a un posible error sobre las personas del mismo grupo que "efectivamente tomaron parte en la agresión", y José Ángel S.A., por falta de pruebas como encubridor.
Aunque la Fiscalía de Sevilla no apreció a José Fernando la atenuante de drogadicción, la juez considera acreditado que antes de cometer los hechos, los acusados habían ingerido alcohol y drogas.
Entre otros, recoge que los propios acusados declararon que se encontraban en un club nocturno sobre las cinco de la madrugada celebrando la festividad de Halloween y que habían tomado alcohol y drogas.
Además la prueba del cabello de José Fernando pone de manifiesto un consumo de cocaína y cannabis durante los cuatro meses anteriores a la toma de la muestra, y también dio resultados positivos a un metabolito de la cocaína que se origina en el organismo cuando se consume simultáneamente con alcohol etílico.
Dicha dependencia también aparece recogida en su informe en la cárcel sobre el programa de prevención del suicidio, que dio cuenta de un consumo de cocaína y alcohol desde un año atrás.
La juez aplica a los procesados la atenuante de reparación del daño pues han entregado 10.000 euros al agredido, quien se ha declarado "integralmente indemnizado".
Además, recoge que la compañía de seguros ha abonado 8.600 euros por la pérdida total del vehículo calcinado, y le reconoce el derecho de reclamar esa cantidad a los cuatro condenados.
Como consecuencia de la agresión, Jonathan sufrió una herida inciso contusa en la mano izquierda, hematomas múltiples en las piernas, y otro hematoma en la oreja y en el codo, lesiones de las que tardó en curar siete días.