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Málaga

Condenan a dos hombres por robar más de 2.500 metros de cable de la vía del tren

El Juzgado de lo Penal número 6 de Málaga consideró probado que los acusados se pusieron de acuerdo para ir a la vía del ferrocarril

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La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena a dos hombres por robar más de 2.500 metros de cable de línea telefónica de la vía del ferrocarril. Así, se ratifica la pena de 11 meses de prisión impuesta a cada uno, mientras que se absuelve a la mujer de uno de ellos, al considerar que, aunque estaba en el lugar, no participó.

   El Juzgado de lo Penal número 6 de Málaga consideró probado, según consta en la sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, que los acusados se pusieron de acuerdo para ir a la vía del ferrocarril que se encuentra situada cerca de la carretera que une las localidades malagueñas de El Burgo y Ronda.

   Así, se indicó que los dos hombres cortaron con unas tenazas hasta 2.550 metros de cable de línea telefónica que estaban en servicio, tasados en 2.295 euros, formando un rollo con los cables, aunque fueron sorprendidos por la Policía Local cuando se alejaban con el material.

   Por esto, se condenó a los dos hombres por un delito de hurto y se les impuso 11 meses de prisión y pagar conjuntamente al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y a Renfe 2.295 euros como indemnización. También fue condenada una mujer, esposa de uno de los anteriores, por el mismo delito y a la misma pena. A todos se les aplicó la atenuante de dilaciones indebidas.

   La sentencia fue recurrida por las defensas y la Sala de apelación la ha revocado en el sentido de absolver a la mujer, al considerar que no consta que ésta, aunque se encontraba en el lugar, colaborase en la realización de los hechos, ya que no llevaba alicates ni tampoco que portara parte de los cables sustraídos.

   Respecto a los otros dos, el Tribunal de apelación mantiene la condena y la pena impuesta, al indicar que ambos cuentan con antecedentes penales por varios delitos y que los hechos que llevaron a cabo suponen "un importante perjuicio para los usuarios del servicio público de transporte".

   En este sentido, la Sala indica que supone también "un considerable riesgo para la seguridad, pues el hecho de provocar el corte de comunicación entre varias estaciones puede tener consecuencias nefastas en el caso de producirse un accidente o una avería", considerando, por tanto, "idónea" la pena.

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