El tiempo en: Conil
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Facua denuncia al mercado de la Lonja del Barranco por publicidad "machista"

El anuncio, que representa una operación matemática, "presenta como plan perfecto para un hombre que la mujer que le acompañe se tome cinco copas, lo que cae en el machismo más repugnante"

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • El mercado -

Facua-Consumidores en Acción ha denunciado este viernes ante las autoridades que el mercado de la Lonja del Barranco, explotado mediante una concesión del Ayuntamiento de Sevilla por una unión temporal de empresa (UTE), ha difundido a través de las redes sociales Twitter y Facebook un anuncio "machista".

   El anuncio, en concreto, muestra una simple operación matemática, una suma, en la que a la representación gráfica de un hombre, se le agrega un paréntesis dentro del cual figuran una imagen representativa de una mujer multiplicada por una representación de una copa, elevada a la quinta potencia. El resultado de la operación, según el anuncio, es un "plan perfecto", con lo que Facua advierte de que "el anuncio presenta como plan perfecto para un hombre que la mujer que le acompañe se tome cinco copas, lo que cae en el machismo más repugnante".

   Dado el caso, Facua ha remitido sendas denuncias contra la unión temporal de empresas (UTE) Lonja del Barranco, a la Secretaría General de Consumo y el Instituto de la Mujer de la Junta de Andalucía.


VULNERACIÓN DE LEYES

   La asociación argumenta que el contenido del anuncio vulnera la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, que en su artículo 3 señala como ilícita la "publicidad que atente contra la dignidad de la persona". La norma añade que "se entenderán incluidos en la previsión anterior los anuncios que presenten a las mujeres de forma vejatoria o discriminatoria, bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, bien su imagen asociada a comportamientos estereotipados".

   Asimismo, contraviene el artículo 10 de la Ley 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género que en lo relativa al ámbito de la publicidad y de los medios de comunicación señala que "de acuerdo con lo establecido en la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, se considerará ilícita la publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN