La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 14 años de cárcel a los tres acusados de agredir sexualmente a una joven en abril del 2017 junto al Estadio Olímpico de Sevilla, a la que deberán indemnizar con 84.315,55 euros por las lesiones, secuelas físicas y daños morales causados.
En la sentencia, el tribunal condena a Daniel D., Nelu M. y Albano I.M por un delito continuado de agresión sexual a 14 años de prisión y 20 de prohibición de acercarse a la víctima a menos de 300 metros y comunicarse con ella, además de 8 de libertad vigilada tras la pena de cárcel, sin que puedan acceder al tercer grado hasta cumplir al menos la mitado de la condena.
También les condena al pago de una multa de 540 euros por un delito leve de lesiones con las atenuantes de embriaguez y reparación del daño y la agravante de abuso de superioridad.
En el juicio, los acusados declararon que mantuvieron sexo con la víctima pero fue consentido y que las lesiones las sufrió al caerse por un terrapelén, si bien en la sentencia, el tribunal ve probado que los tres violaron a la joven que en todo momento se opuso, gritó e incluso intentó huir, siendo golpeada violentamente.
Para el tribunal, "no existe la menor duda" de lo relatado por la víctima que además "aparece apoyada en corroboraciones periféricas que sirven para dotar de verosimilitud a su testimonio", que en el juicio -celebrado a puerta cerrada- expuso por videoconferencia.
Subraya que se aprovecharon "de las facilidades que supone la actuación conjunta y, a su vez, reforzando con su presencia y, en algún caso, con el uso de la violencia, las agresiones sexuales cometidas por sus acompañantes, anulando cualquier posible resistencia de la víctima", por lo que aplica la agravante de superioridad.
Por contra, estima que el consumo de alcohol esa noche por parte de los acusados "disminuía ligeramente sus facultades volitivas e intelectivas", por lo que aplica la atenuante de embriaguez por la que ya la Fiscalía rebajó su petición de 23 a 19 años.
Los hechos sucedieron en la madrugada del 22 de abril de 2017, cuando la víctima fue a una discoteca en compañía de una conocida, quien le presentó a uno de los acusados, que en ese momento se encontraba acompañado por los otros dos condenados.
Ambas mujeres "estuvieron hablando, bailando y consumiendo diversas bebidas alcohólicas" con los tres acusados hasta que, sobre las 7.00 horas, la víctima, "que se encontraba bastante afectada por el consumo de alcohol", salió de la discoteca en compañía de los tres procesados y de una cuarta persona.
"En la creencia de que la llevarían a su domicilio", la mujer se subió con ellos a un coche y en el trayecto, uno de los condenados "comenzó, con ánimo libidinoso, a realizar tocamientos" a la víctima, quien "se opuso y comenzó a gritar", por lo que otro de los acusados "la golpeó en la cabeza, le tapó la boca y la sujetó por los brazos", lo que aprovechó uno de ellos para violarla.
En un momento dado, detuvieron el coche y otro de los condenados agredió sexualmente a la mujer, tras lo que un tercero la "agarró por el pelo, sacándola por la fuerza del vehículo, arrastrándola unos metros por una zona asfaltada y seguidamente tras darle un golpe en el rostro" la violó.
Tras ello, se marcharon del lugar en el coche, "dejando abandonada y tirada en una cuneta" a la víctima, a la que los condenados deberán reparar económicamente el "indudable sufrimiento, angustia, impotencia y sentimiento de humillación que sufrió a tenor de cómo se desarrollaron los hechos".
Dos de los tres acusados se encuentran en prisión preventiva y uno en libertad provisional, situación que de momento se mantendrá mientras las defensas ya han anunciado que recurrirán el fallo.