La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a diez años de prisión al joven de 25 años al que un jurado popular consideró culpable de haber matado a cuchilladas a la pareja sentimental de su hermana en Iznalloz.
La sentencia, de la que han informado a Europa Press fuentes del caso, se produce después del veredicto del jurado, leído el pasado miércoles, en que consideraba probados los hechos por los que la Fiscalía pedía para el procesado diez años de prisión por la comisión de un delito de homicidio doloso, como finalmente ha decretado el juez.
Los miembros del jurado consideraron probado que el acusado mató de forma intencionada a su cuñado, y también que se presentó ante la Guardia Civil el mismo día de los hechos, el pasado 15 de mayo de 2018, por lo que, también, como pidió la fiscal en sus conclusiones definitivas, le ha sido de aplicación en la sentencia, contra la que cabe recurso, la circunstancia atenuante de entrega y confesión.
El condenado, que ha estado en prisión provisional por estos hechos, mantuvo ante el tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia de Granada que los hechos se produjeron durante un forcejeo después de que su cuñado lo echara de su casa y se le abalanzara, y que no sabía si lo pinchó él o fue él mismo el que se lesionó.
El acusado actuó contra su cuñado cuando éste último se habría negado "a entregarle dinero o comida". Con una "relación análoga a cuñado" con su víctima, el procesado, que vivía en una casa ocupada cercana con un subsidio de unos 150 euros, se personó en su casa sobre las 19,00 horas del 15 de mayo, e iniciaron una discusión.
La discusión entre ambos continuó en la calle, donde, "guiado de la clara e inequívoca de causarle la muerte, el acusado sacó una navaja de grandes dimensiones y anchura, con la que le lanzó varias cuchilladas al cuerpo" al otro.
La acusación particular, que defiende los intereses de la viuda, pedía que se le condenara por un supuesto delito de asesinato, por el que solicitaba la imposición de 22 años de prisión, añadiendo que no accediera al tercer grado sin cumplir la mitad de la pena. Por su parte, la defensa pedía dos años por un supuesto homicidio imprudente.
Alternativamente, esta parte pedía calificarlo también como un supuesto homicidio doloso, aplicándosele circunstancias eximentes como el trastorno mental transitorio o la legítima defensa, en un proceso en que también ha estado representada la Abogacía del Estado, que, en nombre de Hacienda, se adhirió a las tesis del Ministerio Público.