El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba que condena a una pena de seis años y nueve meses de cárcel a un varón por la supuesta comisión de delitos de maltrato en el ámbito familiar y de agresión sexual sobre su mujer, que ha renunciado a cualquier tipo de indemnización.
En este sentido, el Alto Tribunal andaluz ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el acusado, sobre el que la acusación y la Fiscalía pidieron la desestimación, si bien contra la sentencia del TSJA cabe interponer recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS).
Además, el procesado ha sido condenado a la prohibición de comunicarse con la afectada por cualquier medio y de aproximarse a la misma, a su domicilio o a cualquier lugar donde se encontrase en un radio de 300 metros por tiempo de once años en total por los dos delitos, al tiempo que le imponen la medida de libertad vigilada durante cinco años.
Por otra parte, el hombre ha sido absuelto de un delito de agresión sexual y un delito de maltrato en el ámbito familiar que se estimaba en concurso medial con el delito de agresión sexual.
En concreto, se da por probado que el acusado ha estado casado durante 25 años con su mujer, pero desde el año 2016 la relación de pareja empezó a "deteriorarse, hasta el punto de que llevaban un par de años sin mantener relaciones sexuales".
En un momento determinado, el varón empezó a "sentir celos de su esposa, con motivo de que ésta cuidaba de un hombre mayor, a partir de lo cual comenzó a hacerle algún seguimiento y control a través de móvil ante la sospecha de que le podría se infiel".
En este contexto se producen dos episodios, uno entre finales o principios de mayo de 2016, cuando por la noche se disponía la mujer a dormir en el sofá del salón, "pues ya no compartían el dormitorio", y el acusado presuntamente cometió un delito de maltrato, y otro a comienzos de julio de 2017, cuando la mujer estaba limpiando en la cocina de la casa familiar y el procesado, "guiado por un evidente ánimo lividinoso", supuestamente cometió un delito de agresión sexual.
Como consecuencia de este segundo episodio, la mujer sufrió "una erosión muy leve con equimosis en región sacra y en cara interna del muslo izquierdo", lesiones que para su curación necesitaron de tan sólo una primera asistencia médica con dos días de curación sin impedimento.
Asimismo, presentó a raíz del suceso "un estado de malestar con síntoma de ansiedad y depresión significativos, sufriendo un trastorno de estrés postraumático, situación que actualmente ha remitido", según apunta la sentencia de la Audiencia Provincial.