El alcalde de Málaga, Francisco de la Torre, ha emitido, como cada año, el bando con motivo de las fiestas de Navidad y Fin de Año 2020, con ruego especial este ejercicio "de que todos seamos muy conscientes de la necesidad de ser responsables para frenar los contagios de la COVID-19".
Estas fechas tan entrañables, que a todos nos gusta disfrutar en compañía de nuestros familiares y amigos, son precisamente los días en los que se nos pide un esfuerzo mayor, más exigente, y un comportamiento ejemplar a la hora de planificarlos y vivirlosEs más, incide en que "estas fechas tan entrañables, que a todos nos gusta disfrutar en compañía de nuestros familiares y amigos, son precisamente los días en los que se nos pide un esfuerzo mayor, más exigente, y un comportamiento ejemplar a la hora de planificarlos y vivirlos".
Por tanto, en el bando dictado recuerda las medidas adoptadas desde el Gobierno central y los ejecutivos autonómicos en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, así como el debido cumplimiento de la normativa legal en materia medioambiental, de sanidad, y de apertura de establecimientos, así como el resto de disposiciones recogidas en las ordenanzas municipales.
Así, se explican las medidas contra la COVID-19 en Navidad establecidas por el Gobierno regional para la II fase, que comprende hasta el 10 de enero y donde se permite la movilidad entre las provincias andaluzas; además el cierre de los comercios es a las 22.30 horas, así como el de la hostelería que puede abrir por la mañana hasta las 18.00 horas y de 20.00 a 22.30 horas. El toque de queda se fija de 23.00 a 06.00 horas.
También los establecimientos destinados exclusivamente a cafetería, chocolatería y heladería, incluidos los establecimientos similares en cines y teatros, pueden permanecer abiertos hasta media hora antes de la limitación horaria vigente en Andalucía. No obstante, en dichos establecimientos queda prohibido el consumo y expedición de cualquier tipo de bebidas alcohólicas o espirituosas durante la franja horaria comprendida entre las 18.00 horas y las 20.00 horas.
De igual modo, recuerda que entre el 23 de diciembre y el 6 de enero, se hace efectiva la limitación de la entrada y salida en las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía salvo para aquellos desplazamientos, debidamente justificados, así como para los desplazamientos a territorios que sean lugar de residencia habitual de familiares o personas allegadas de quienes se desplacen, cumpliéndose en todo momento los límites a la permanencia de grupos de personas que sean aplicables.
Una vez en casa, se recomienda limitar los contactos, respetar su burbuja de convivencia e interactuar sobre todo al aire libre, en lugar de en el interior.
En el bando se recuerda que los días 24 y 25 de diciembre, 31 de diciembre y 1 de enero, las reuniones en domicilios tienen una limitación de diez personas, y se recomienda no más de dos grupos de convivencia. También se incide en que para Nochebuena y Nochevieja, se establece el toque de queda a la 01.30 horas, y la hostelería puede permanecer abierta hasta la 01.00 horas.
MASCARILLA, LAVADO DE MANOS Y DISTANCIA SOCIAL
Asimismo, se hace especial hincapié en la necesidad de reforzar las medidas de prevención durante estos días con el uso de la mascarilla, bien puesta y durante todo el tiempo posible; lavado de manos frecuente o uso de gel hidroalcohólico; mantenimiento de la distancia física recomendada; maximizar la ventilación, manteniendo las ventanas y puertas abiertas en la medida en que sea seguro y factible, según la temperatura; minimizar el número de contactos, preferiblemente siempre en la misma burbuja; y optar por quedarse en casa si se detectan síntomas, diagnóstico o contacto.
También se recuerda la necesidad de cumplir con las medidas COVID-19 en Andalucía en materia de aforos respecto a eventos u otro tipo de ceremonias. En cuanto a las residencias también se recuerda que las personas mayores podrán salir de sus centros entre el 22 de diciembre y el 7 de enero a un único domicilio familiar un mínimo de cinco días y acreditar una serie de requisitos.
PIROTECNIA
Por otro lado, y como en años anteriores, se recuerda la prohibición de la venta ambulante de productos pirotécnicos y su uso en la vía pública. Además, incide en que la venta de estos artículos en establecimientos o casetas debe tener la autorización de la Subdelegación del Gobierno. Asimismo, se prohíbe la compra y uso de petardos y otros artificios pirotécnicos por menores de 12 años.
En el bando señala, asimismo, que está prohibido usar material pirotécnico en la vía pública, tal y como regula la ordenanza de Convivencia Ciudadana, debido a las alteraciones vecinales y de orden público así como por las molestias "evidentes que supone para nuestros amigos los perros".
En este sentido, sostiene que el material pirotécnico podrá ser utilizado en zonas no residenciales o aisladas del entro de la ciudad y de todos sus barrios y, en todo caso, a más de 300 metros de cualquier edificación o arboleda.
En otro de los puntos, se recuerda la prohibición de consumir bebidas alcohólicas en los espacios públicos, excepto en los destinados a terrazas y veladores de establecimientos públicos que cuenten con la preceptiva licencia municipal, dentro del horario normativamente establecido y la permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o realizando otras actividades que pongan en peligro la pacífica convivencia ciudadana fuera de las zonas autorizadas.
Asimismo, se recuerda que en la vía pública y otras zonas de concurrencia pública no se podrán realizar actividades como cantar, proferir gritos, hacer funcionar aparatos de radio, televisores, instrumentos o equipos musicales, mensajes publicitarios, altavoces independientes o dentro de un vehículo, entre otros.
En este punto, se precisa que la Policía Local podrá determinar la paralización inmediata de dicha actividad o la inmovilización del vehículo o precintado del aparato del que procediera el foco emisor. Los agentes actuantes deberán establecer como medida cautelar la intervención de los instrumentos o cualquier objeto utilizado para cometer la infracción, levantando acta de la medida entregando copia al interesado y depositando los elementos intervenidos en el depósito municipal destinado para ello.
CONSUMO
Durante estas fechas el regidor malagueño también invita a un consumo "más responsable y sostenible, eligiendo productos con embalajes sencillos y comprando los alimentos producidos los más cerca posible de nuestros domicilios y en las cantidades justas, para minimizar la generación de residuos y evitar el desperdicio de alimentos".
Por otro lado, para los desplazamientos al centro de la ciudad se recomienda el uso del transporte público y se prohíben las pintadas en la vía pública sobre elementos como calzadas, medianas, aceras, mobiliario urbano, muros, paredes, etcétera, a excepción de las pinturas murales u otras de carácter artístico que se realicen con autorización del propietario y del Ayuntamiento a través del Servicio Técnico de Limpieza.
También el alcalde de Málaga recuerda como medida preventiva, la adquisición o adopción de animales en estas fechas siempre ha de hacerse en términos de responsabilidad, "evitando que se produzcan situaciones de abandono o desatención".
De la Torre, asimismo, advierte de que el incumplimiento de cualquier disposición de este bando y en las diversas ordenanzas municipales podrá dar lugar a la imposición de las sanciones a que en derecho procedan. "La Policía Local y los inspectores municipales vigilarán y comprobarán su cumplimiento", ha apostillado.
Por último, el alcalde pide a todos los ciudadanos y visitantes "el respeto y su colaboración en el cumplimiento de lo dispuesto en este bando, lo cual redundará en beneficio de todos y contribuirá a ofrecer la mejor imagen" de la ciudad.