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Almería

Absueltos dos presos porque el hachís de su celda era para consumo propio

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha absuelto a dos presos del centro penitenciario 'El Acebuche' de la capital almeriense

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  • El Acebuche. -

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha absuelto a dos presos del centro penitenciario 'El Acebuche' de la capital almeriense, que se enfrentaban a sendas penas de cuatro años de prisión después de que fuese encontrado hachís en su celda, porque era para el consumo de uno de ellos y no para venderlo.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que sobre las 22:00 horas del 9 de abril de 2018 se llevó a cabo un cacheo en la celda que ocupaban los dos acusados.

Durante el registro, bajo el colchón de la cama de uno de los internos, los funcionarios de prisiones encontraron dos bellotas de hachís envueltas en plástico, valoradas en 55,39 y 19,41 euros, respectivamente.

Sin embargo, no ha quedado acreditado que los acusados tuviesen la droga para venderla o distribuirlas a otros reos.

En este sentido, la juez incide en que la "mera posesión de drogas, por sí sola", no es constitutiva de delito, porque puede ser obtenida para consumo propio y no para su venta, siendo la "cuantía de la droga" el dato más importante para poder averiguar su destino.

Recalca además cómo el acusado bajo cuyo colchón apareció el hachís declaró desde el primer momento que esta sustancia no era suya y que él no sabía nada, que su compañero era consumidor y le había dicho en esas fechas que había encontrado droga en el patio de la cárcel.

Efectivamente, el otro acusado corroboró que el hachís era suyo y que lo había hallado en el sitio que apuntaba su compañero de celda, cuando andaba rebuscando colillas, insistiendo en que se la "guardó para él y no iba a compartirla con nadie".

Los propios funcionarios que llevaron a cabo el cacheo apuntaron durante su declaración que ésta fue la versión que les dieron los acusados al encontrar la droga.

"No puede afirmarse que en el centro penitenciario tuvieran sospechas sobre la posible dedicación de los acusados a distribuir sustancias estupefacientes" en la cárcel, dice la juez, quien recuerda que tampoco es los observó "en ninguna transacción concreta, o en otra conducta sospechosa de tráfico".

Añade que en la celda no se localizó dinero, "ni siquiera en los cartones que sirven como tal en el interior de las prisiones", ni útiles o herramientas para preparar la droga, o anotaciones o nombres de posibles destinatarios, además de que la cantidad encontrada no supera la fijada para el "autoconsumo".

Por ello, absuelve a ambos acusados del delito contra la salud pública que se les imputaba, dejando sin efecto las medidas cautelares impuestas a éstos, además de ordenar la "inmediata" puesta en libertad del interno que encontró el hachís en el patio de El Acebuche.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida en el plazo de diez días ante la Audiencia Provincial de Almería.

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