El tiempo en: Conil
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Andalucía

Violencia de género: el 50% de las asesinadas en 2024 eran de origen extranjero

Un total de 442 mujeres de nacionalidad extranjera han sido asesinadas en España desde 2003

Publicidad Ai
  • Víctima de violencia de género. -

La extranjería es un factor de riesgo en violencia de género: desde 2003 una de cada tres mujeres asesinadas en España por sus parejas o exparejas había nacido en otro país, un porcentaje que en 2024 ha superado el 50 % de los feminicidios.

El Poder Judicial es consciente de este fenómeno, la Fiscalía General del Estado analiza esta mayor vulnerabilidad, desde Europa se ha alertado de esta sobrerrepresentación y las asociaciones de mujeres migrantes exigen mejorar la respuesta de un Estado que sigue fallando a las víctimas extranjeras.

Un total de 442 mujeres de nacionalidad extranjera han sido asesinadas en España desde 2003 en crímenes de violencia de género, el 34,2 % del total.

En 2024, año con la menor cifra de feminicidios de la serie histórica (47), el porcentaje de víctimas nacidas en otro país fue el mayor registrado hasta la fecha: por primera vez superaron a las víctimas españolas y fueron el 51 %.

Más denuncias

La Fiscalía General del Estado informaba en su última memoria de que la tasa anual de feminicidios para las mujeres española es de 1,68 por cada millón de mujeres, frente a la de 8,32 por cada millón de extranjeras residentes.

Según datos del Consejo General del Poder Judicial, en España han sido víctimas mortales de la violencia de género mujeres de 60 nacionalidades.

Los principales países de origen fueron Marruecos (52 casos), Rumanía (47), Ecuador (38), Colombia (29), Bolivia (25), Brasil (19), Reino Unido (19), República Dominicana (15), Argentina (13), Paraguay (13), Alemania (12), Rusia (12), China (11) y Perú (11).

En su último informe relativo a 2023, el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del CGPJ señalaba que el 38,5 % de las mujeres extranjeras asesinadas había denunciado a su agresor, frente al 15,6 % de las españolas.

La abogada Tatiana Retamozo, de la Asociación de Investigación y Especialización sobre Temas Iberoamericanos (AIETI), indica a EFE que las mujeres migrantes acuden a la policía y a los tribunales en busca de protección en mayor medida que las españolas: "Se acogen más al derecho a no declarar contra el agresor, obtienen menos órdenes de protección, denuncian más y están sobrerrepresentadas en los feminicidios", alerta la experta.

En 2023, el 65 % del total de denuncias por violencia machista las interpusieron víctimas españolas y un 34,7 %, extranjeras. Las mujeres nacidas en otro país constituyen alrededor de un 12 % de la población femenina.

Preocupación europea

Hace unas semanas, el Grupo de Expertos en la lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (GREVIO), que se encarga de analizar el cumplimiento del Convenio de Estambul en los países europeos, mostraba su "especial preocupación" por cómo en España las mujeres inmigrantes "están desproporcionadamente representadas entre las víctimas de la violencia de género, incluidos los asesinatos relacionados".

El GREVIO sostenía que las víctimas en situación administrativa irregular tienen mayor dificultad para que se les conceda una orden de protección, que las extranjeras deben enfrentarse a "obstáculos sustanciales" para obtener protección y apoyo: "Se encuentran en la intersección de estereotipos y prejuicios racistas y basados en el género y son, por tanto, muy vulnerables a la violencia".

La fiscal de Sala delegada de Violencia sobre la Mujer, Teresa Peramato, incidía en una entrevista con EFE en que el ministerio público lleva años teniendo en cuenta la extranjería como factor de vulnerabilidad.

"Estamos haciendo un análisis de esa situación porque sabemos que las mujeres extranjeras, en situación irregular y a veces en situación regular, tienen muchos menos resortes familiares, menos acompañamiento, menos posibilidades de acceder a los recursos, mucha menos información. A veces tienen problemas idiomáticos, cuando no culturales, de gran peso que les impide acudir a las instituciones", subrayaba.

"Por lo tanto es un factor vulnerabilidad que estamos teniendo en cuenta para poder poner en marcha a través de las oficinas de atención a las víctimas todos los recursos necesarios y que ellas puedan empoderarse y mantenerse en el procedimiento penal y en el procedimiento civil. Los fiscales tenemos que ser mucho más proactivos", añadía.

Estatus migratorio

Sin embargo, Retamozo explica que esta sobrevictimización no se limita al aislamiento, ni se sustenta en que aguanten más la relación violenta, ni que sus victimarios sean más violentos por su procedencia (ya que muchos de ellos son españoles), sino que la trayectoria migratoria está marcada por la violencia y la discriminación.

"El estatus migratorio condiciona el acceso a los recursos de protección para ella y sus hijos, es el principal generador de nudos para el respeto, la protección y la garantía de los derechos de las mujeres. (...) Las políticas públicas no están respondiendo a las diferentes realidades que experimentan las mujeres migrantes víctimas de violencia de género", asevera la abogada.

La experta habla de un "sumatorio de violencias" que exceden a la perpetrada por una pareja: institucional, racismo, posiciones de vulnerabilidad y desigualdad, precariedad, explotación sexual, problemas de conciliación, pérdida de custodia, situación administrativa irregular...

"Hay un sesgo institucional" a la hora de atender y proteger a estas víctimas, afirma Retamozo, quien detalla que la violencia institucional contra las mujeres se ejerce tanto por acción como por omisión cuando se retarda, obstaculiza o impide el acceso a una vida libre de violencia.

Las víctimas desconocen los recursos, el turno de oficio está colapsado, las mujeres en situación irregular tienen miedo a denunciar, no reciben asesoramiento sobre extranjería ni sobre cuestiones relativas a la custodia de los menores, se enfrentan al mito de que denuncian por papeles, "lograr una orden de protección es un viacrucis", según Retamozo, muchas se acogen al derecho a no declarar porque dependen del agresor y su caso es sobreseído,...

La ley contempla que las víctimas extranjeras en situación administrativa irregular puedan acceder a una residencia temporal sólo si tienen una orden de protección o un informe del ministerio fiscal, la acreditación de víctima por parte de los servicios sociales o sanitarios no sirve para regularizar su situación. 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN