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Cádiz

Plazo para solicitar la celebración de cotillones en Cádiz hasta el 10 de diciembre

El Ayuntamiento advierte de que los que no tengan la pertinente autorización quedarán suspendidos, sin perjuicio de sanciones correspondientes

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Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Andaluc�a Informaci�nPublicidad AiPublicidad Ai
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  • El Ayuntamiento de Cádiz. -

El Ayuntamiento de Cádiz ha fijado como fecha límite para tramitar las autorizaciones de los tradicionales cotillones, tanto en Fin de Año como en Navidad, hasta el próximo 10 de diciembre.

El bando suscrito por el alcalde, Bruno García, determina que quedan sujetos a la obtención de autorización municipal previa los cotillones que se celebren en establecimientos autorizados para el desarrollo de otra actividad, sean o no de espectáculos públicos y actividades recreativas; y los que se celebren en establecimientos que cuenten con autorización para el desarrollo de la actividad de sala de fiesta, salón de celebraciones, teatros y auditorios, en el supuesto en el que el promotor del evento sea distinto del titular de la licencia.

Para obtener el permiso, los interesados deben aportar la autorización del titular de la licencia del establecimiento; copia autentificada de la póliza y recibo acreditativo del abono de primas de seguro de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, adecuado al aforo previsto; y, en caso de que dicho aforo sea superior a 750 personas, copia autentificada de contrato con empresa de seguridad autorizada e inscrita por el Ministerio de Interior. En el cado de preverse montaje de instalaciones adicionales, como escenarios, torretas de sonido o iluminación, carpas o estructuras similares, se deberá presentar proyecto de instalación, así como certificado de seguridad y solidez del establecimiento.

El bando, curiosamente, supedita todo lo anterior a las normas que la Junta de Andalucía dicte con motivo del Covid-19, pese a no existir riesgo en ese sentido. Y, finalmente, advierte de que los cotillones sin la pertinente autorización quedan suspendidos, dando lugar a su inmediata suspensión sin perjuicio de la imposición, en su caso, de las sanciones que fueran procedentes.

No será preciso solicitar autorización municipal previa y extraordinaria los cotillones que se celebren en establecimientos que cuenten con autorización para el desarrollo de la actividad de sala de fiesta, salón de celebraciones, teatros y auditorios, siempre que se realicen bajo los requisitos y límites de la misma, no se alteren las condiciones técnicas, ni la distribución distinta del espacio, y solicitado por el titular de la licencia.

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