El tiempo en: Conil

Campo de Gibraltar

Obligan al BSCH a devolver a una promotora inmobiliaria casi un millón de euros

La Audiencia Provincial de Cádiz, Sección Algeciras, anula un ‘swap’ por vicio en el consentimiento, ya que el BSCH comercializó este producto tóxico con información parcial e inveraz, omitiendo los riesgos reales

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai

La Audiencia Provincial de Cádiz, Sección Algeciras, ha revocado la sentencia de Primera Instancia, estimando el recurso presentado por Ausbanc, en nombre de su asociado, declarando la nulidad de un swap de Banco Santander. Gracias a esta importante sentencia, una promotora inmobiliaria recupera 841.301,00 euros más lo abonado durante el procedimiento, casi un total de un millón de euros.

El asociado de Ausbanc contrató un préstamo de 10.000.000 euros, y la entidad le colocó, supuestamente, de forma engañosa un seguro contra la subida de los tipos de interés, por el que ha tenido que hacer frente a onerosas liquidaciones que afectaron a la cuenta de resultados de su negocio.

La Audiencia, tras analizar la normativa aplicable, la distinción entre cliente minorista o profesional, y el deber de información en fase precontractual, contractual y pos-contractual, entiende que Banco Santander incumplió su obligación de información, siendo ésta insuficiente y confusa, lo que llevó a la actora a firmar el contrato desconociendo su funcionamiento y riesgos.

La sentencia deja claro que:

-      Fue el Banco Santander quien ofreció este producto sin que lo solicitase el cliente.
-      El empleado del Banco no recordó el funcionamiento del contrato (por tanto poco podría informar).
-      Existió falta de diligencia y transparencia al ofrecer al cliente un producto que no solicitó y con un riesgo desconocido, con omisiones que revelan una reticencia dolosa a informar sobre hechos o circunstancias influyentes y determinantes para la conclusión del contrato.

La Audiencia no comparte, además, la convicción a la que llegó el juez de Primera Instancia. Expresa que en julio del año 2008 la tendencia del Euribor era a la baja, no siendo lógico ni congruente que se hiciera firmar al representante de la actora el referido contrato, ahora anulado, por vicio en el consentimiento.

La comercialización indebida de ‘swaps’ afecta a un importante número de pymes, que se han visto estafadas por sus bancos de confianza. Ningún sector es ajeno a este atropello cometido por numerosos bancos y cajas, que ‘colocaron’ permutas financieras asegurando que se trataba de seguros contra la subida de los tipos de interés.

Ausbanc asegura haber superado ya las 500 sentencias favorables para los clientes que, estafados por su banco o caja, creyeron contratar seguros contra la subida de los tipos de interés, cuando realmente les estaban ‘colocando’ contratos no adecuados a su perfil inversor, que han resultado altamente tóxicos.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN