Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Valladolid
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Valladolid ha dictado una sentencia en la que obliga al colegio público Macías Picavea de Valladolid a retirar los símbolos religiosos de las aulas y espacios comunes del centro, por entender que vulnera derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución.
La Federación de Enseñanza de CGT se felicita por este fallo judicial, al tiempo que lamenta que hayan tenido que transcurrir más de tres años, desde que fuera solicitada la retirada de los símbolos, “por el empecinamiento mostrado por la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, derivando el problema, de forma ilegítima, al Consejo Escolar del Centro, y contribuyendo a prolongar una situación, que como esta sentencia refleja, supone una violación de derechos fundamentales de las personas”.
Según CGT, “tampoco es ajeno a esta vulneración de derechos el gobierno del PSOE que con la LOE, escudándose en los tan traídos y llevados acuerdos internacionales y sometiéndose al dictado de la jerarquía católica, ha contribuido a alentar actitudes de este tipo, manteniendo la religión en el currículo educativo”.
Por todo ello la Federación de Enseñanza de CGT, “lamenta las contradicciones del Gobierno Socialista en el sentido de que la Ministra de Educación se inhibe de aplicar la ley y por otro lado el ministro de Justicia arremete contra el Gobierno de Castilla León para que de oficio traslade las consecuencias de la sentencia a todos los centros escolares de esa Comunidad”.
Coherencia Por ello CGT “exige al Gobierno del PSOE, que sea coherente y que inste a todos los Gobiernos Autonómicos y en el ámbito de su gestión (Ceuta, Melilla y centros en el exterior) para que la simbología religiosa, de cualquier tipo, salga de los espacios comunes de todos los centros escolares”.
No discriminatorio CGT también comparte el criterio de que esta medida “afecta igualmente a los centros concertados ya que escolarizan alumnado cuyas familias pueden o no compartir la confesión religiosa católica”. No es posible, añaden, “ aceptar el concierto que obliga a un trato no discriminatorio a todo el alumnado y luego argumentar a favor de la discriminación de aquellos que no profesora la r religión citada”.
Por otra parte, CGT entiende que para garantizar el cumplimiento del espíritu de la sentencia “el Estado no puede adherirse ni prestar su respaldo a ningún credo religioso ya que no debe existir confusión alguna entre los fines religiosos y los fines estatales. Nadie puede sentir que, por motivos religiosos, el Estado le es más o menos próximo que a sus conciudadanos", el Gobierno del PSOE debe proceder a la ubicación de la formación religiosa en un ámbito diferente al currículo escolar, que no debe discriminar a ninguna persona por su credo religiosa o su ideología laica”.