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Rota

El Tribunal Supremo falla a favor del Ayuntamiento en el contencioso por las expropiaciones de los terrenos de ADIF

Para el Ayuntamiento de Rota, en este proceso salen mal parados tanto la propia Renfe como el PSOE

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  • La estación de autobuses, sita en los antiguos terrenos de Renfe. -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo acaba de fallar a favor del Ayuntamiento de Rota en el contencioso que ésta mantenía con ADIF sobre las expropiaciones urbanísticas de los antiguos terrenos de la vía ferroviaria.

El gobierno municipal, RRUU-PP, en el anterior mandato había expropiado a ADIF un terreno de 45.863 metros cuadrados de superficie correspondientes a cuatro fincas pertenecientes al sistema general de comunicaciones en la modalidad ferroviaria en una parte de los cuales discurría la vía férrea de El Puerto de Santa María-Sanlúcar y en otra parte de los cuales se localiza la estación de viajeros del ferrocarril, actualmente Estación de Autobuses y suelos a la entrada de la Base Naval, con el fin de convertir los desmantelados suelos ferroviarios en viarios y el edificio de la estación de viajeros del ferrocarril en viajeros del autobuses, tal como los establecía el planeamiento y sin modificar su condición de pertenecientes al sistema general de comunicaciones.

El entonces alcalde de la ciudad, Lorenzo Sánchez Alonso, defendió que debía de cederse gratuitamente toda vez que estos suelos fueron donados por suscrición popular por los roteños para que Rota contara con Tren.

El Ayuntamiento intentó llegar a un acuerdo amistoso con la dirección de RENFE para adquirir estos suelos, situación que fue imposible, según explican desde el Ayuntamiento, "al no contar el gobierno municipal RRUU-PP con el apoyo del Gobierno del PSOE, obligando a ir a la vía de expropiación y no de mutuo acuerdo como se planteaba".

La Comisión Provincial de Valoraciones de Cádiz fijó un justiprecio en 614.689,74. ADIF no estuvo conforme y recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que le dio la razón y multiplicó aproximadamente por doce el justiprecio fijado por la Comisión Provincial de Valoraciones estableciéndolo los 8.347.942,62 euros, más intereses.

Esta sentencia lleno de intranquilidad al gobierno municipal, que volvió a intentar la mediación del Gobierno del PSOE, pues esta cantidad afectaba "muy duramente" a las arcas municipales y "hundiría la gestión de RRUU-PP, encontrando la callada por respuesta".

El Ayuntamiento se vio obligado a recurrir esta sentencia ante el Tribunal Supremo que le ha dado definitivamente la razón, con lo que el Ayuntamiento no tendrá que pagar por la expropiación los 8.347.942,62 euros, más intereses, sino una cantidad nueve veces inferior (sobre 650.000 euros), de la que la mayor parte se consignó con anterioridad, lo que prácticamente no va a afectar a las arcas municipales, a diferencia de lo que hubiera ocurrido si el Tribunal Supremo hubiera negado la razón al Ayuntamiento de Rota.

El Ayuntamiento, en palabras de su alcaldesa Maria Eva Corrales, valora "muy positivamente" esta sentencia que constituye un "importante espaldarazo" a la gestión urbanística realizada, en este caso respecto de los sistemas generales, "que se realizan para la utilización y disfrute de todos los ciudadanos, y aunque ha sido un largo camino en el que se han dado pronunciamientos judiciales contrarios al Ayuntamiento, el pronunciamiento definitivo ha sido favorable para el Ayuntamiento de Rota, con el consiguiente beneficio para la gestión urbanística y los roteños".

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