El tiempo en: Conil

Sevilla

Declaran culpable al acusado del crimen de Torreblanca por matar a golpes a la víctima

Ha declarado al encartado culpable de matar a la víctima mediante "reiterados puñetazos, patadas y estrangulamiento"

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
  • Primera sesión del juicio al acusado del crimen de Torreblanca. -

El jurado popular del juicio celebrado por la Audiencia de Sevilla contra el varón acusado del asesinato en noviembre de 2020 de una mujer con un 80 por ciento de discapacidad visual reconocida, tras exigirle que le pagara más dinero por la habitación que le tenía alquilada en su vivienda del barrio de Torreblanca; ha declarado al encartado culpable de matar a la víctima mediante "reiterados puñetazos, patadas y estrangulamiento".

Por unanimidad, el jurado popular ha declarado a Manuel P.A., de 31 años de edad, culpable de dar muerte a la víctima, que sufría discapacidad visual y de movilidad; a través de "reiterados puñetazos, patadas y estrangulamiento" el 25 de noviembre de 2020; "aprovechando" tanto las "limitaciones" de la mujer tanto en el plano visual como de movilidad, como el estado de la misma por la ingesta previa de sustancias que le impedían una "mínima defensa".

Durante el juicio, recordémoslo, la Fiscalía sostuvo que la víctima, llamada Trinidad y con seis hijos, había acudido el 21 de noviembre de 2020 al barrio de Torreblanca junto a otras cuatro personas para buscar un sitio donde dormir, ya que hasta ese momento dormían en la calle.


El acusado, según la Fiscalía, les habría acogido en su hogar a cambio de 100 euros por cabeza en concepto de alquiler de las habitaciones, pero la noche del 24 de noviembre de 2020, el investigado "empezó a ponerse violento exigiéndoles más dinero"; tras lo cual todo habría acontecido a partir de las 7,00 horas del día 25 de noviembre, cuando el encausado habría golpeado a uno de los inquilinos en demanda de más dinero, amenazando con un cuchillo a otra de las inquilinas cuando esta le recriminó su comportamiento y con un bate de béisbol a otra de estas personas.


El "sufrimiento" de la víctima 

Según la Fiscalía, el encartado habría pegado con una cuerda a dos de los inquilinos, huyendo todos ellos de la vivienda salvo la víctima, a la que el encartado habría golpeado "de manera reiterada" haciendo uso de objetos contundentes y con patadas y puñetazos, "lo que aumentó de manera innecesaria el sufrimiento" de la mujer.

La víctima, según el escrito de acusación de la Fiscalía, habría sufrido estrangulación, traumatismo torácico, abdominal y lumbar, así como un traumatismo craneoencefálico severo que le ocasionó la muerte; tras lo cual el acusado se habría apoderado de su tarjeta bancaria, realizando una compra por valor de casi 69 euros.

En ese sentido, el acusado admitía en el juicio haber dado una "paliza" a la víctima, alegando que había consumido "alcohol y pastillas" y que no era su "intención llegar a ese extremo"; mientras las dos forenses encargadas de la autopsia del cadáver señalaban la detección de "43 contusiones" fruto de "golpes, patadas" e impactos con algún "objeto", atribuyendo la causa de la muerte a un traumatismo craneoencefálico.

No obstante, precisaban que otras lesiones detectadas también fueron "importantes", pues por ejemplo la mujer habría sufrido una rotura del bazo con la consiguiente "hemorragia abdominal", lo que también podría haberle causado la muerte; así como una lesión de riñón, "asfixia mecánica" y fractura nasal.

La jefa del Grupo de Homicidios de la Policía Nacional, de su lado, negó que en la vivienda fuesen descubiertos restos de drogas, pesando la alegación de Manuel P.A. de que él estaba bajo los efectos del alcohol y de "pastillas".

"Reiterados puñetazos y patadas" 

En cualquier caso, tras los aspectos depuestos durante la vista oral, el jurado popular, por unanimidad, ha declarado a Manuel P.A. culpable de matar a Trinidad mediante "reiterados puñetazos, patadas" y maniobras de "estrangulamiento en su cuello", provocándole traumatismos torácicos y lumbares y un traumatismo craneoencefálico que fue la causa de la muerte. Ello, "aprovechando las limitaciones" visuales y de movilidad de Trinidad, así como el estado de la mujer por la consumición previa de ansiolíticos.

Por ocho votos de un total de nueve miembros del jurado popular, el mismo ha declarado probado que el acusado había consumido "alcohol y pastillas", lo que afectó a su facultad de actuar de manera "moderada, sin llegar a anularla".

En paralelo, el jurado popular ha declarado por unanimidad culpable al acusado de haber amenazado con un cuchillo a otra de las inquilinas, increpándola con los insultos de "puta, guarra", así como de haber amenazado de agresión a otro inquilino al que también reclamaba más dinero por el alquiler de la habitación y de lesionar a otro de los inquilinos usando para ello una correa.

También por unanimidad, el jurado popular ha declarado al encartado culpable de haber usado la tarjeta bancaria de la víctima mortal del crimen para realizar gastos por valor de casi 69 euros, sin "autorización" para ello.

Peticiones de condena 

Ante ello, mientras la Fiscalía pedía inicialmente para el acusado 20 años de prisión por un delito de asesinato; tres años más de cárcel por dos delitos de amenazas; una multa de 1.200 euros por dos delitos leves de lesiones, 300 euros por un delito leve de estafa y una indemnización de 180.000 euros a los hijos de la víctima; ha confirmado su decisión previa en la fase de conclusiones finales de reducir su petición de cárcel a 15 años por un delito de asesinato, reclamando además cuatro multas que suman 480 euros por un delito de lesiones leves, dos delitos de amenazas y un delito más de estafa.

La acusación particular, ejercida por los hijos de la víctima, se ha sumado a esta petición, solicitando además diez años de prohibición de acercarse a los familiares de Trinidad, mientras la defensa de Manuel P.A. también ha secundado los pronunciamientos de la Fiscalía, oponiéndose a la citada petición accesoria de la acusación particular.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN