El tiempo en: Conil

Sevilla

La Fiscalía del Supremo recurre absolución de acusados de matar a vigilante

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha recurrido la sentencia de la Audiencia de Sevilla que absolvió a dos rumanos que presuntamente asesinaron al vigilante de una planta fotovoltaica de Marchena (Sevilla) para robar cobre

Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha recurrido la sentencia de la Audiencia de Sevilla que absolvió a dos rumanos que presuntamente asesinaron al vigilante de una planta fotovoltaica de Marchena (Sevilla) para robar cobre.

Fuentes judiciales han informado a Efe de que la Fiscalía ha pedido que los procesados sean condenados a 38 años de cárcel cada uno y que el Supremo declare la validez de la prueba de ADN que encontró sus rasgos genéticos en un guante de trabajo abandonado por los ladrones y en el pantalón de la víctima.

El asesinato del vigilante José Antonio Jiménez Ceferino fue presuntamente realizado por cuatro ciudadanos rumanos, dos de ellos fugados de la justicia, en la madrugada del 25 de noviembre de 2009, después de que unas horas antes fuesen repelidos por el mismo vigilante cuando les sorprendió intentando robar cobre.

En diciembre pasado, la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla absolvió a Adi D. y Marius L.C. por nulidad de la prueba de ADN, que fue aportada a esta causa procedente de otros sumarios instruidos en Sevilla y Almendralejo (Badajoz).

Tal ilicitud, según la Audiencia sevillana, derivaría de la ausencia de consentimiento del interesado o autorización judicial, en el caso de Marius L., y de la omisión de la necesaria asistencia letrada y de intérprete en el caso del acusado Adi D.

La Fiscalía, sin embargo, entiende que en la época en que se tomaron las muestras de ADN ninguna jurisprudencia exigía la presencia de letrado y alega que el Tribunal Supremo ha tenido una doctrina variable sobre el asunto, ya que cuando la Audiencia absolvió a los rumanos se exigía un pleno consentimiento informado pero una sentencia posterior no ha hecho.

Además, durante las respectivas fases de investigación ninguna de las defensas argumentó la falta de consentimiento en la toma de muestras, según el recurso.

A ello, la Fiscalía añade otras pruebas periféricas contra los acusados como el hecho de que, tras el asesinato, alguien hizo llamadas a sus familiares en Rumanía desde el móvil sustraído a la víctima.

Las citadas fuentes han dicho a Efe que solo uno de los dos procesados sigue preso en España en cumplimiento de otra condena, ya que el otro quedó libre a los pocos días de terminar en juicio, ante la absolución dictada por el tribunal.

El vigilante murió dos meses después de la agresión como consecuencia del cuadro infeccioso generalizado que le causó el destornillador que los ladrones le clavaron en el ojo, por lo que la Fiscalía y la acusación particular imputaron a los procesados un homicidio con ensañamiento, además de robo y daños.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN