El Consejo de Gobierno ha autorizado una ampliación de crédito por importe de 164.724.866 euros para hacer frente al pago de la sentencia por los sobrecostes incurridos por el retraso en la ejecución de las obras de la Línea 1 del metro de Sevilla, por parte de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía (AOPJA), dependiente de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
Con fecha de 25 de marzo de 2019, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 11 de Sevilla declaró firme la sentencia número 86/15 de 16 de abril de 2015 que reconoce el abono por parte de la Administración de 126.846.435 euros como consecuencia de los sobrecostes que han sido originados por el retraso en la ejecución del contrato imputable a la administración, más los intereses legales.
De acuerdo con la sentencia, se establece la obligación de abonar 126.846.435 euros, a los que hay que añadir los intereses legales desde la fecha de reclamación en vía administrativa hasta su completo pago. El cálculo de los intereses con una fecha de pago establecida el 30 de julio de 2019, determina un importe de 37.878.431 euros por este concepto.
La Dirección General de Movilidad ha solicitado incrementar los créditos de los capítulos 4 (transferencias corrientes) y 7 (transferencias de capital) del servicio autofinanciada del programa 51B (movilidad e infraestructuras viarias y de transportes) en las cuantías necesarias para que sea posible el pago de las deudas derivadas de la ejecución de la sentencia. La ampliación de crédito se financiará con los recursos ingresados en la Tesorería General de la Junta de Andalucía, en función de la Resolución de 11 de julio de 2019, de la Secretaría General de Hacienda, por la que se acuerda la liquidación parcial del Fondo Público Andaluz para la financiación empresarial y el desarrollo económico creado por decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, dictada sobre la base de lo establecido en la Orden de 17 de junio de 2019 de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, que ha desarrollado dicho régimen de extinción y liquidación de los fondos carentes de personalidad jurídica